
Se recuerda que es responsabilidad de los pasajeros tener los documentos personales del viaje necesarios en regla, conforme a las instrucciones de aduanas y migraciones de cada país. A los pasajeros desprovistos de los documentos de viaje correctos no les será permitido el embarque y no les será reembolsado el viaje.
Documentos de inmigración
Se ruega comprobar antes de la salida la documentación necesaria para el crucero elegido y que la misma no esté vencida. Es responsabilidad del pasajero obtener la documentación necesaria para realizar el viaje, incluidos el pasaporte y los visados oportunos, ya que de no ser así, no podrá embarcar y no será autorizado el reembolso del pasaje del crucero.
Argentinos – para cruceros a Brasil es suficiente el Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) o Cédula de Identidad (C.I.) de la Policía Federal, vigentes (no vencidos) y en buen estado.
Importante: a partir de enero de 1998 no tienen validez para salir del país las cédulas provinciales. Para el viaje a otros destinos es obligatorio el pasaporte vigente.
Extranjeros residentes en Argentina – pasaporte de su país de origen válido, más Cédula de Identidad o Documento Nacional de Identidad.
Extranjeros no residentes: consultar en caso de cruceros internacionales.
Cruceros internacionales: es indispensable el pasaporte válido para todos los países en cuyos puertos la nave haga escala. Consultar períodos de vigencias mínimas de los pasaportes y visas requeridas en los respectivos consulados o con su Agente de Viajes.
IMPORTANTE: en todos los casos la documentación exhibida quedará sujeta a la aprobación de las autoridades de Migraciones.